Tipos de arraigos en España

Entendemos que regularizar tu situación en España puede parecer complejo. El arraigo es una vía legal que permite a extranjeros en situación irregular obtener la residencia temporal por circunstancias excepcionales. Existen diferentes tipos de arraigo, cada uno con requisitos específicos.

En este artículo, exploraremos detalladamente cada modalidad de arraigo, sus condiciones y el proceso de solicitud. Nuestro objetivo es proporcionarte una guía clara y completa para que puedas identificar la opción que mejor se adapte a tu situación y facilitar tu integración en España.

En este post encontrarás todo lo que necesitas saber sobre los tipos de arraigo en España. Explicamos cada modalidad, requisitos, duración y cambios recientes en la normativa para que puedas regularizar tu situación de forma clara y precisa.

Ideas clave:

  • ¿Qué es el arraigo? Vía legal para obtener residencia en España por circunstancias excepcionales.
  • Arraigo social: Requiere dos años de residencia y medios económicos o empleo.
  • Arraigo familiar: Para padres de menores españoles, hijos de españoles de origen o tutores legales.
  • Arraigo sociolaboral: Se necesita dos años en España y contrato de trabajo de 20 horas semanales.
  • Arraigo socioformativo: Regularización mediante formación profesional con posibilidad de trabajar hasta 30 horas.
  • Reforma 2024: Redujo la permanencia mínima a dos años y flexibilizó requisitos.

¿Qué es el arraigo?

El arraigo es una vía legal que permite a los extranjeros en situación irregular en España obtener una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Se trata de un mecanismo contemplado en el Real Decreto 1155/2024, que regula los derechos y libertades de los extranjeros en España.

Esta figura está diseñada para personas que han establecido vínculos significativos con el país, ya sea a nivel social, laboral o familiar. Actualmente, existen cinco tipos de arraigo, cada uno con requisitos específicos:

  • Arraigo social: Para quienes han residido en España de manera continuada y cuentan con medios económicos o una oferta de empleo.
  • Arraigo familiar: Destinado a aquellos con vínculos familiares directos con ciudadanos españoles.
  • Arraigo sociolaboral: Para extranjeros con residencia continua en España y una oferta de empleo.
  • Arraigo socioformativo: Para quienes desean regularizar su situación mientras realizan formación profesional.
  • Arraigo de segunda oportunidad: Dirigido a quienes hayan tenido una autorización de residencia y no pudieron renovarla por causas ajenas a su voluntad.

Arraigo social

El arraigo social es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales dirigida a extranjeros que han residido en España de manera continuada durante al menos dos años. Esta modalidad permite acceder a la residencia temporal y, en la mayoría de los casos, a la autorización de trabajo.

Requisitos:

  • Residencia continuada: Haber residido en España durante al menos dos años sin ausencias superiores a 120 días.
  • Medios económicos: Se debe demostrar que se cuenta con recursos suficientes, ya sea a través de una oferta de empleo, actividad como autónomo o apoyo económico de familiares.
  • Vínculos familiares o informe de integración: Si se tienen familiares directos con residencia legal en España, se facilita el proceso. En su defecto, es necesario un informe de integración emitido por la comunidad autónoma correspondiente.

Arraigo familiar

El arraigo familiar es una de las vías más directas para obtener la residencia en España. Permite regularizar a extranjeros con vínculos familiares directos con ciudadanos españoles.

Casos en los que se concede:

  • Padres o madres de menores españoles: Siempre que convivan con ellos o cumplan con sus obligaciones paternofiliales.
  • Tutores de personas con discapacidad españolas: Deben convivir con la persona y tenerla a su cargo.
  • Hijos de españoles de origen.

Duración y condiciones:

Esta autorización se concede por cinco años y habilita para trabajar por cuenta ajena o propia sin restricciones.

Arraigo sociolaboral

El arraigo sociolaboral está destinado a extranjeros que han residido en España durante al menos dos años y tienen una oferta de empleo válida.

Requisitos principales:

  • Permanencia de al menos dos años en España sin interrupciones significativas.
  • Contrato de trabajo: Mínimo 20 horas semanales, garantizando al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • No contar con antecedentes penales en España ni en su país de origen.

Esta modalidad facilita la inserción laboral de personas en situación irregular, contribuyendo a su estabilidad y a la economía del país.

Arraigo socioformativo

El arraigo socioformativo está pensado para extranjeros que desean realizar una formación en España para mejorar su empleabilidad.

Condiciones para acceder:

  • Permanencia en España de al menos dos años.
  • Compromiso de inscripción en una formación reglada: Puede ser formación profesional, certificaciones de empleo o cursos universitarios de actualización.
  • Compatibilidad con empleo parcial: Se permite trabajar hasta 30 horas semanales.

Arraigo de segunda oportunidad

El arraigo de segunda oportunidad está dirigido a aquellos que han tenido una autorización de residencia y la han perdido en los dos años anteriores por razones ajenas a su voluntad.

Requisitos principales:

  • Haber sido residente legal en los dos años previos a la solicitud.
  • No haber perdido la residencia por motivos de seguridad o salud pública.
  • Acreditar vínculos laborales o sociales que justifiquen la necesidad de permanecer en España.
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Procedimientos generales para solicitar el arraigo

El proceso de solicitud sigue varios pasos fundamentales:

  1. Reunir la documentación necesaria, incluyendo pasaporte, certificados de empadronamiento, antecedentes penales y documentos que acrediten el tipo de arraigo solicitado.
  2. Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente.
  3. Esperar la resolución, que suele tardar un máximo de tres meses.
  4. Solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de policía.

Cambios introducidos en la reforma del reglamento de extranjería

El Real Decreto 1155/2024 introdujo cambios significativos en los permisos por arraigo:

  • Reducción del tiempo de permanencia: Se pasó de tres a dos años en la mayoría de los casos.
  • Nueva categoría de arraigo de segunda oportunidad.
  • Flexibilización del arraigo socioformativo, permitiendo trabajar hasta 30 horas semanales.

Estos cambios buscan facilitar la integración de los extranjeros en España y adaptarse a la realidad social y laboral del país.

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