El arraigo social es una vía fundamental para que los ciudadanos latinoamericanos regularicen su situación en España. Este permiso de residencia temporal, vigente por un año y renovable, permite integrarse legalmente en la sociedad española. Para acceder a él, es necesario cumplir ciertos requisitos, como demostrar una residencia continuada en España durante al menos dos años, carecer de antecedentes penales y acreditar vínculos familiares o un informe de integración social favorable.
En esta guía, exploraremos detalladamente los requisitos, documentación necesaria y procedimientos para solicitar el arraigo social en 2025. Además, abordaremos los derechos y obligaciones que conlleva este permiso, así como las opciones de renovación y modificación. Nuestro objetivo es proporcionarte la información más actualizada y precisa para facilitar tu proceso de integración en España.
Qué es el arraigo social en España
El arraigo social es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que permite a los extranjeros en situación irregular obtener un permiso de residencia en España. Se concede a aquellas personas que han desarrollado lazos significativos en el país, ya sea mediante vínculos familiares o demostrando un grado suficiente de integración social.
Cambios clave en 2025: A partir de mayo, el tiempo de permanencia en España necesario para solicitarlo se reduce de tres a dos años. Además, desaparece la opción de presentar un contrato de trabajo, quedando solo dos vías principales para obtenerlo: tener familiares con recursos económicos o emprender un negocio propio.
En 2025, el arraigo social en España trae cambios clave que facilitan la regularización de extranjeros. Aquí encontrarás las novedades más importantes:
- Tiempo de permanencia reducido: Ahora solo necesitas dos años en España para solicitarlo.
- Eliminación del contrato de trabajo: Solo podrás optar por esta vía si dependes de un familiar o emprendes un negocio.
- Requisitos económicos claros: Se exige 100% del IPREM (600€/mes en 2024) para demostrar solvencia.
- Informe de integración social: Necesario si no tienes familiares en España que acrediten medios económicos.
- Solicitud y plazos: Se tramita en la Oficina de Extranjería y la resolución tarda hasta tres meses.
- Normativa actualizada: Regulado por el Real Decreto 1155/2024 y el artículo 127 de la Ley de Extranjería.
Requisitos para solicitar el arraigo social en 2025
Para obtener el arraigo social, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Residencia continuada en España por al menos dos años (anteriormente eran tres).
- No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen.
- Acreditar medios económicos, que pueden provenir de familiares residentes en España o de una actividad por cuenta propia.
- Presentar un informe de integración social, emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Carecer de prohibición de entrada a España o a países Schengen.
- Abonar la tasa administrativa por la tramitación del procedimiento.
- Si dependes económicamente de un familiar, este debe demostrar que tiene ingresos iguales o superiores al 100% del IPREM (600 euros/mes en 2024).
- Si emprendes un negocio, debes acreditar su viabilidad.
El arraigo social 2025 trae cambios importantes y sabemos que cada caso es único. Evita errores y agiliza tu solicitud con el apoyo de expertos en extranjería. Te ofrecemos asesoría personalizada para que cumplas con todos los requisitos y presentes una solicitud exitosa.
Documentación necesaria para la solicitud
Para tramitar la solicitud del arraigo social, es obligatorio presentar:
- Pasaporte en vigor
- Certificado de empadronamiento (mínimo dos años en España)
- Antecedentes penales del país de origen y de España
- Informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma
- Justificante de medios económicos:
- Si dependes de familiares: Documentos que acrediten el parentesco y sus recursos económicos.
- Si emprendes: Plan de negocio, inversión y proyección de ingresos.
- Justificante del pago de la tasa administrativa.
Cómo solicitar el arraigo social
El procedimiento se realiza en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu domicilio y puede gestionarse de dos maneras:
- Presencialmente, con cita previa en la Oficina de Extranjería.
- Telemáticamente, a través de la plataforma MERCURIO, si cuentas con un certificado digital o si lo tramitas mediante un profesional autorizado.
Pasos a seguir:
- Reunir la documentación requerida.
- Solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería o realizar la solicitud online a través de Mercurio.
- Presentar la solicitud en persona o telemáticamente, adjuntando los documentos exigidos.
- Obtener el resguardo de solicitud, que acredita que el trámite ha sido iniciado.
- Esperar la resolución (el plazo máximo es de tres meses). Si no hay respuesta en este tiempo, se considera desestimada por silencio administrativo.
- Si la solicitud es aprobada, tramitar la tarjeta de residencia (TIE).
Si la solicitud es denegada, se puede presentar un recurso administrativo o, en algunos casos, iniciar un procedimiento contencioso-administrativo. Cabe destacar que algunas oficinas pueden tardar más de tres meses en responder debido a retrasos administrativos.
Renovación y modificación del permiso de residencia
El arraigo social otorga una residencia temporal por un año. Para renovarlo, debes cumplir con uno de estos requisitos:
- Haber obtenido un empleo y demostrar cotizaciones a la Seguridad Social.
- Haber mantenido la actividad como autónomo, en caso de haber emprendido.
- Seguir dependiendo económicamente de un familiar residente legal en España.
Si cumples con estos requisitos, puedes solicitar la modificación del permiso a una residencia y trabajo por cuenta ajena o propia.
Base legal y normativa vigente
El arraigo social está regulado en el Real Decreto 1155/2024, que modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. En particular, el artículo 127 establece los requisitos específicos para la obtención de esta autorización.
Es importante tener en cuenta que la normativa puede seguir evolucionando. Por ello, te recomendamos consultar fuentes oficiales o contar con asesoría legal especializada antes de iniciar el trámite.
Si necesitas más información o apoyo con tu solicitud, ¡ponte en contacto con nosotros!